Prorrogan hasta marzo el congelamiento de las tarifas de luz y gas

El Gobierno Nacional oficializó a través de un decreto la prorroga por un plazo de 90 días el plazo de mantenimiento de las tarifas de energía eléctrica y gas natural.

El Gobierno Nacional extendió el congelamiento en las tarifas de energía eléctrica y gas natural por otro plazo de 90 días, vencerá el 15 de marzo. Durante ese plazo se trabajará en definir una nueva tarifa con los diferentes sectores energéticos para presentar antes de las audiencias públicas e iniciar la negociación de la Revisión Tarifaria Integral (RTI).

La nueva prorroga se oficializó a través del decreto 1020/2020 publicado en el Boletín Oficial, donde se prolonga por “un plazo adicional de 90 días, que vencerá el el 15 de marzo de 2021, el “mantenimiento de las tarifas de energía eléctrica y gas natural establecido en el artículo 5 de la Ley 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública, prorrogado por el Decreto 543/20”.

Por otro lado se establece que el “plazo de la renegociación no podrá exceder los dos años, debiendo suspenderse hasta entonces, los acuerdos correspondientes a las respectivas RTI vigentes con los alcances que en cada caso determinen los entes reguladores”.

Asimismo, se definió que “el proceso de renegociación culminará con la suscripción de un acta acuerdo definitiva sobre la RTI, la cual abrirá un nuevo período tarifario según los marcos regulatorios”.

Los entes nacionales reguladores del Gas (Enargas) y de la Electricidad (ENRE) serán las encargadas de “la realización del proceso de renegociación de las respectivas revisiones tarifarias, pudiendo ampliarse el alcance de la renegociación conforme a las particularidades de cada sector regulado”.

Por otro lado, según señala el decreto, durante el período de negociación “podrán preverse adecuaciones transitorias de tarifas o su segmentación, según corresponda, propendiendo a la continuidad y normal prestación de los servicios públicos involucrados”.

Por último, dispone que “el Enargas y el ENRE quedan facultados para dictar los actos administrativos que correspondan y resulten necesarios, disponiendo de plenas facultades para establecer las normas complementarias de la presente”.