La Legislatura volvió a sesionar y aprobó varias leyes

En la sesión del pasado jueves 26 se aprobaron proyectos vinculados a la salud, a las mujeres y personas LGTBI+, y se sancionaron nuevas normas para grandes vehículos de carga.

Emmanuel Ferrario, Vicepresidente primero de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires.

En el marco de la sesión ordinaria que se llevó a cabo el jueves 26 de octubre, diputados de la Ciudad sancionaron diversas leyes sobre diversos temas, entre los que se destacan el patrocinio jurídico a mujeres y personas LGTBI+, además, se incorporaron modificaciones al código de tránsito para la circulación de vehículos de carga conocidos como “bi-trenes”, y se eximió a los mayores de 65 años del pago de aranceles por el grabado y verificación de autopartes.

En cuanto a salud, se aprobó una iniciativa mediante la cual se adhiere al régimen establecido en la Ley Nacional Nº 27.716 de “Diagnóstico Humanizado”, a fin de que las familias de personas con Trisomía 21/síndrome de Down reciban contención, asimismo, en busca de concienciar respecto del tema, se declaró al 7 de noviembre de cada año como día de los niños prematuros, para promocionar la recurrencia a los controles prenatales.

También se autorizó la disponibilidad para su venta de una quincena de inmuebles en desuso que posee el Estado de la Ciudad, para solventar necesidades de varios hospitales del sistema público de salud, en particular los de niños Gutiérrez y Elizalde, el materno infantil Sardá, el de agudos Tornú y el oftalmológico Santa Lucía.

“Ley de diagnóstico humanizado”

El proyecto establece que “el Poder Ejecutivo propiciará las acciones necesarias para asegurar la contención y acompañamiento de las personas que reciben un diagnóstico de Trisomía 21/síndrome de Down para su hijo en gestación o recién nacido, mediante una adecuada comunicación interpersonal e información objetiva y actualizada de la condición informada, en el ámbito de la Ciudad”.

“Madres y padres de personas diagnosticadas con Trisomía 21 vienen luchando en red y organizadas en distintas ONGs por la sanción de esta ley y para que el diagnóstico humanizado sea una realidad. Sus experiencias de vida los han llevado a esta persistente y enorme lucha y camino, que hoy logra este gran avance con la sanción de esta ley nacional” señalan los legisladores en los argumentos.

En ese sentido, aseguran que esta Ley tiene como objetivo “promover la capacitación en el modelo social de discapacidad y sensibilización de los equipos de salud para generar las instancias de diálogo y provisión de la información a las familias que reciban este diagnóstico”.

“La adhesión a la presente Ley permitirá la atención y estimulación temprana del recién nacido con diagnóstico de síndrome de Down para asegurar su calidad de vida en igualdad de oportunidades, evitando la difusión de estereotipos o el surgimiento de nuevas formas de discriminación”, señalaron los diputados porteños.

“La humanización en la atención médica siempre es esencial y primordial para lograr mejor atención y mayor cuidado. El proceso de humanización del quehacer contribuye a que este sea acogido por el otro, a mejorar la relación, la seguridad del paciente y a evitar errores médicos, hace al respeto al valor de la persona humana y a su dignidad en todas sus circunstancias. Los derechos humanos nacen en el contexto de defender la dignidad del ser humano” plantearon.

Nuevas normas para grandes vehículos de carga

la Legislatura de la Ciudad aprobó modificaciones al Código de Tránsito y Transporte para reordenar y facilitar la circulación de grandes vehículos de carga conocidos como “bi-trenes”. Se trata de aquellos que poseen al menos dos semi ejes arrastrados por la unidad de tracción o camión.

La modificación permite que los camiones bi-trenes arriben al Puerto de Buenos Aires, ingresando desde Acceso Norte, Acceso Oeste, Autopista Ricchieri y Autopista Buenos Aires – La Plata, además de acceder al Centro de Transferencia de Cargas en la zona suroeste, en el barrio de Villa Soldati, que cuenta con un predio de 37 hectáreas, donde se encuentran trabajando más de 60 empresas que se encargan del transporte de la mercaderías.

Definiciones del Código
◾ Camión de configuración bitrén: vehículo destinado al transporte de carga conformado por una (1) unidad tractora con dos (2) semirremolques biarticulados.
◾ Camión de configuración bitrén tipo 1: vehículo bitrén destinado al transporte de carga con un largo máximo de veintidós metros con cuarenta centímetros (22,40 m) y un Peso Bruto Total Combinado (PBTC) de hasta sesenta (60) toneladas.
◾ Camión de configuración bitrén tipo 2: vehículo bitrén destinado al transporte de carga con un largo máximo de veinticinco metros con cincuenta centímetros (25,50 m) y un Peso Bruto Total Combinado (PBTC) de hasta setenta y cinco (75) toneladas.
◾ Camión de configuración bitrén tipo 3: vehículo bitrén destinado al transporte de carga con un largo máximo de treinta metros con veinticinco centímetros (30,25 m) y un Peso Bruto Total Combinado (PBTC) de hasta setenta y cinco (75) toneladas.

Patrocinio jurídico a mujeres y LGTBI+

Se dispuso incorporar al “Centro de Justicia de la Mujer” como auxiliar del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ya que tiene entre sus funciones la de intervenir a requerimiento de los/as Jueces/zas o del Ministerio Público, según su caso, en las causas en donde se advierta o sospeche que hubo hechos de violencia de género y causas en donde se encuentren involucradas mujeres o personas LGTBI+ víctimas de violencia de género, promoviendo su acceso a la justicia: confecciona informes interdisciplinarios; efectúa constataciones de lesiones; brinda asistencia y/o asesoramiento en materia de igualdad de género y acceso a la justicia; realiza derivaciones a los servicios de patrocinio jurídico gratuito.

Exención del pago del grabado de autopartes a mayores de 65 años

Se eximió del pago de aranceles por el grabado y verificación de autopartes (motor, chasis, carrocería, vidrios y ruedas) a las personas mayores de 65 años propietarias de automotores

“Serán eximidas del pago las personas mayores de sesenta y cinco (65) años que residan en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y cobren hasta dos haberes mínimos”, establece el artículo 17 de la Ley.