Derecho de acceso a la información pública en la Legislatura

El Órgano Garante presentó el informe anual de evaluación y gestión 2018-2019.

Dra. María Gracia Andía

La titular del Órgano Garante del derecho de acceso a la información -OGDAI- Dra. María Gracia Andía, secundada por la Dra. Marcela Basterra y con los auspicios de la diputada Natalia Fidel (Vamos Juntos) que preside la Comisión Especial de Reforma Política de la Legislatura, participaron el pasado miércoles de la presentación del informe anual de evaluación y gestión 2018-2019 respecto a la implementación de la Ley 104.

La norma sancionada por el Cuerpo Parlamentario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el año 1998 fue una de las primeras en consagrar el derecho de acceso a la información de carácter público, dotando a los ciudadanos de un procedimiento administrativo para solicitarla y recibirla.

En 2016 la normativa fue actualizada y reglamentada por el Poder Ejecutivo en el marco de un proceso participativo Dialogando BA, donde representantes de la sociedad civil y la academia pudieron hacer sus aportes a la reforma. La nueva legislación, además de precisar el concepto de información pública y afianzar los principios orientadores para su aplicación efectiva (máxima premura, informalismo, carácter limitado de las excepciones, formatos abiertos o gratuidad, entre otros) dispuso la creación del OGDAI para supervisar el buen funcionamiento del sistema de acceso a la información y como herramienta de reclamo a disposición de todas las personas.

Dra. Marcela Basterra

Se estableció entonces un sistema de doble instancia para el ejercicio y garantía del derecho con el objetivo de solucionar y satisfacer la demanda de entrega de información pública en plazos razonables y procedimientos sencillos, evitando judicializar el requerimiento de información pública.

La primera instancia está a cargo de la autoridad de aplicación, es decir la Dirección General de Seguimiento de Organismos de Control y Acceso a la Información -DGSOCAI, cuya función principal es recibir y tramitar las solicitudes de acceso a la información, así como diseñar políticas públicas en materia de acceso a la información y transparencia.

La segunda instancia está a cargo del OGDAI, organismo desconcentrado, con autonomía técnica y una competencia específica. Es el órgano de control y monitoreo del proceder de todo el universo de sujetos obligados establecidos por el artículo 3 de la Ley N° 104, en relación a la información pública, su accesibilidad, producción y archivo, así como a su adecuación a las políticas de transparencia establecidas en la norma. En este sentido, actúa como máximo garante, con facultad para actuar de oficio y último intérprete de la Ley en el ámbito de la administración. Así, en su rol jurisdiccional funciona como una instancia revisora y las resoluciones que emite tienen carácter vinculante, agotando allí la vía administrativa.

Detalles

Respecto a la metodología el informe se basó en la información publicada en los portales o páginas web, los medios idóneos que mantienen las instituciones y personas jurídicas de derecho público o privada sujetas a la ley y los informes anuales realizados en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires evaluando el período de un año, comprendido entre el 1° de febrero de 2018 -fecha de entrada en funcionamiento del OGDAI- y el 31 de enero de 2019.

En la presentación se evaluaron los procesos que enfrentan los ciudadanos a la hora de realizar solicitudes y la calidad de respuestas recibidas, así como el resultado de los reclamos presentados. En primer lugar, se ha tomado como base de análisis el informe anual presentado por DGSOCAI. En segundo lugar, la información interna de los reclamos presentados ante OGDAI. En tercer lugar, se ha realizado una base de análisis a partir de la realización de una encuesta a los usuarios del sistema, habiéndose acotado el universo a los solicitantes que han hecho uso de esta segunda instancia de reclamo. Finalmente, una cuarta base de análisis se generó mediante una encuesta a enlaces institucionales-

Entre los detalles analíticos del Informe Anual se mencionó que en el año 2018 ingresaron un total de 4.750 solicitudes de AIP en los términos establecidos en la norma y su Decreto reglamento 260/17 con un 87% de pedidos respondidos en término.

Entre las áreas con mayor porcentaje de solicitudes se destacan el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, luego la Agencia Gubernamental de Control y Jefatura de Gabinete. Le siguen temáticas vinculadas a Ambiente y Espacio Público, Educación e Innovación, Justicia y Seguridad.

En función del objeto el 24% los requerimientos estuvieron referidos a Habilitaciones, inspecciones e infraestructura y el 18% a gestión pública; un 14% a información financiera y 10% sobre espacio público.

En relación a la cantidad de expedientes por tipo de solicitante, se observa: Particular, 4459; Actor político, 55; ONG, 174; Periodista, 38; Otros, 24.

Entre los objetivos expuesto hoy en el Salón “Ciudad de Montevideo” para el año en curso se aludió a profundizar el desarrollo de programas, entre ellos de monitoreo y evaluación (M&E) de la Ley de Acceso a la Información Pública (Transparencia Activa y Pasiva), de representación internacional y nacional para el fortalecimiento de las capacidades institucionales del OGDAI, el Programa de involucramiento ciudadano en el ejercicio del Derecho de Acceso a la Información así como el de modernización informática e innovación y el Programa de desarrollo del derecho de acceso para el fortalecimiento de otros derechos fundamentales.