Rige la veda, qué se puede hacer y qué no?

La prohibición de realizar actos proselitistas comenzó a regir desde las 8 am y se extenderá hasta 18 horas del domingo. Tampoco se puede difundir encuestas y/o sondeos preelectorales.

La veda electoral para las elecciones para las elecciones legislativas que se llevarán a cabo el próximo domingo comenzó a regir en todo el país desde las 8 de la mañana de este viernes.

El artículo 64 bis del Código Nacional Electoral establece que la campaña electoral «finaliza 48 horas antes del inicio de los comicios», es decir, este viernes a las 8

Según lo establece el apartado 71 del Código Electoral, se prohíbe “la realización de actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, desde cuarenta y ocho horas antes de la iniciación de los comicios y hasta el cierre del mismo”.

Tampoco se puede “publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización de los comicios y hasta tres horas después de su cierre”, es decir, hasta las 21 del domingo.

Las restricciones en la veda electoral

  • Realizar actos públicos de campaña
  • Proselitismo electoral
  • Publicar y difundir encuestas o sondeos preelectorales: se mantiene la prohibición también durante elección y hasta 3 horas después de su cierre.
  • Vender bebidas alcohólicas desde las 20hs del sábado 11 de septiembre hasta tres horas después del cierre de comicios, o sea las 21 hs del domingo 12.
  • Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros (80 m.) de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino
  • A los electores, la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, doce horas antes y tres horas después de finalizada.

Los ciudadanos que no respeten la veda podrán ser denunciados por violación al Código Electoral y sancionados, si la Justicia comprueba la falta.

La Veda rige también en las redes sociales

Si bien el artículo 71 del Código Electoral no hace mención a las redes sociales o medios electrónicos, la Cámara Nacional Electoral (CNE) aclaró que esas herramientas digitales «están incluidas» en la veda, por lo que tampoco se podrán realizar declaraciones o publicar propaganda política a través de Twitter, Facebook o Instagram, entre otras.