Autorizan a los menores a hacer compras junto a uno de sus padres

El Gobierno Nacional dio un marco legal a una situación ya existente, chicos que viven con solo con un adulto y no pueden quedarse solos en el hogar.

La Resolución fue publicada hoy en el Boletín Oficial y autoriza a partir de este viernes que niños menores de 12 años puedan acompañar a uno de sus padres o adulto responsable a realizar las compras en los comercios de cercanía.

Existía una disyuntiva en los hogares habitados por niños menores y un solo adulto responsable, en el contexto del aislamiento social, preventivo y obligatorio, esos menores se encontraban imposibilitados de salir y a la vez podía ser inseguro y hasta irresponsable dejarlos solos.

Por otro lado, muchos comercios no le permitían a los adultos el ingreso a los locales con los niños dado que no estaban autorizados.

La Resolución 262/2020 del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación a cardo de Daniel Arroyo subsana esa problemática.

“Las y los progenitores o la persona adulta responsable, se encuentran autorizados para ingresar con sus hijos e hijas, o niños o niñas que se encuentren a su cargo, de hasta doce años de edad, a los comercios de cercanía habilitados para funcionar, de conformidad con las excepciones previstas en el ordenamiento vigente, siempre que no puedan dejarlos en el hogar al cuidado de otro adulto responsable”, establece la Resolución.

“a partir de la experiencia recogida, se han realizado diversas interpretaciones” sobre el alcance de algunas excepciones al aislamiento y otras, reconocen, “han sido erróneas y han devenido en prácticas discriminatorias respecto de niños y niñas, así como de sus progenitoras, progenitores y cuidadores que se han visto impedidos de realizar algunas compras y trámites imprescindibles en establecimientos en las inmediaciones de sus hogares”.

“En consecuencia, deviene necesario precisar que en caso de familias que no tengan la posibilidad de dejar a niños o niñas de hasta doce (12) años de edad, de acuerdo con el distingo efectuado por el artículo 25 del Código Civil y Comercial de la Nación respecto de las personas menores de edad, al cuidado de otro adulto responsable en ocasión de concurrir a los comercios de cercanía que se encuentran habilitados para funcionar, corresponde permitir su ingreso a dichos establecimientos, en compañía de los niños y las niñas a su cargo”, dispone la Resolución.