Prorrogan 120 días el vencimiento del registro de conducir

Las licencias de conducir que tengan un vencimiento entre el 15 de febrero y el 30 de abril de 2020 tienen validez por 120 días corridos, desde su vencimiento.

En línea con las acciones que está llevando adelante el Gobierno de la Ciudad junto con el Gobierno Nacional, la atención en las Sedes Comunales y en Sede Central se encuentra suspendida hasta una vez finalizado el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio.

En ese contexto, la Ciudad de Buenos Aires dispuso la prórroga de la validez de las licencias de conducir en virtud de la ampliación del aislamiento social extendido por el gobierno nacional. Son 120 los días de prórroga desde el vencimiento original, lapso de tiempo que tendrán los vecinos para poder renovar su licencia por un nuevo período para circular con normalidad.

Por otra parte, la Dirección Nacional de Vialidad amplió el alcance de la Resolución 214/2020 hasta el 10 de mayo inclusive. La medida establece la suspensión del cobro de las tarifas de peaje en los corredores 4, 6, 8, 18, A, B, C, D, E, F y SUR, y los Accesos Norte y Oeste a la Ciudad de Buenos Aires. Además, obliga a concesionarias y contratistas PPP a prestar un servicio de emergencia en las redes viales correspondientes.

“La medida apunta a facilitar a nuestros vecinos las gestiones que se podrán realizar a futuro”, afirmó Facundo Carrillo, secretario de Atención Ciudadana y Gestión Comunal, al tiempo que explicó: “la reprogramación de turnos permitirá atender a todos los vecinos de eficiente y de acuerdo los vencimientos”.

Desde Defensa al Consumidor porteña se informó que, como medida excepcional y dado que los denunciantes no pueden asistir a las audiencias de conciliación, ha implementado un nuevo procedimiento “durante la pandemia”. A través del mismo, les envía a las empresas en forma electrónica una copia de las denuncias para que se pueda resolver “a distancia” aquello que motivó la denuncia en un plazo perentorio. En ese marco, ya se resolvieron 180 casos que tuvieron acuerdo de los consumidores.

El inicio de los trámites presenciales que se realizan en los Cementerios de la Chacarita, Recoleta y Flores fueron prorrogados por 60 días. Asimismo los turnos ya gestionados fueron reprogramados con el objetivo de cumplir con las medidas de aislamiento social obligatorio.  La medida alcanza tanto a los servicios que se prestan a vecinos como también a la presentación de la declaración jurada anual correspondiente al año 2020 de las empresas de servicios fúnebres.

La Ciudad ofrece la gestión de solicitudes a través de la web buenosaires.gob.ar, la aplicación BA147 ofrece más de 300 opciones para gestionar servicios, realizar denuncias, reclamos y solicitudes. Asimismo, a través de whatsapp los vecinos puede interactuar con Boti el asesor virtual que brinda información y también facilita el acceso a todas las gestiones disponibles.


Se decreta (DNU-2020-4-GCABA-AJG)


Artículo 1°.- Modifícase el artículo 2° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Prorrógase de manera excepcional por el término de ciento veinte (120) días corridos, a partir de la publicación del presente, la vigencia de las licencias de conducir cuyo vencimiento opere entre los días 15 de febrero y 30 de abril del corriente año. El plazo de prórroga se computará a partir del día subsiguiente a la fecha de vencimiento consignada en cada licencia.”

Artículo 2°.- Modifícase el artículo 3° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Prorrógase de manera excepcional por el término de ciento veinte (120) días corridos, a partir de la publicación del presente, la vigencia de los registros de transportes de taxis, remises, de escolares y vehículos destinados al servicio de mensajería y delivery, cuyo vencimiento opere entre los días 15 de febrero y 30 de abril de 2020. El plazo de prórroga se computará a partir del día subsiguiente a la fecha de vencimiento consignada en cada registro.”

Artículo 3°.- Modifícase el artículo 4° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Prorrógase de manera excepcional por el término de ciento veinte (120) días corridos, a partir de la publicación del presente, la vigencia de las licencias de taxi cuyo vencimiento opere entre los días 15 de febrero y 30 de abril de 2020. El plazo de prórroga se computará a partir del día subsiguiente a la fecha de vencimiento consignada en cada licencia.”