Es inconstitucional el decreto de Larreta que designaba gerentes y subgerentes en las comunas

Los comuneros del Frente de Todos celebraron la sentencia judicial que declara la inconstitucionalidad del Decreto 251/14, a través del cual el Poder Ejecutivo había creado los cargos de gerentes y subgerentes para realizar las tareas correspondientes a los presidentes y juntistas de las quince comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

“Recibimos esta noticia como un alivio porque desde hace más de cinco años desde la Legislatura y desde las comunas se viene denunciando el atropello del Poder Ejecutivo sobre las Juntas Comunales, cuyos integrantes fueron elegidos por el voto popular de los vecinos de la Ciudad”, expresaron.

“Sentimos satisfacción por la pelea ganada en favor de la descentralización y la democracia participativa, resultado de una acción colectiva realizada en conjunto por los comuneros que asumieron en 2011 y los que asumieron en 2015. Sin embargo, nos queda el sabor amargo de que esto se haya tenido que resolver en la Justicia”, agregaron los comuneros.

El Decreto 251/14, firmado por el entonces Jefe de Gobierno y actual Presidente de la Nación, Mauricio Macri, fue declarado inconstitucional por el juzgado en 1ª Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 23, a cargo del Juez, Francisco Ferrer.

El mismo habilitaba a funcionarios designados por el Poder Ejecutivo a realizar todas las funciones que la Constitución de la Ciudad otorga a los juntistas comunales. Por ejemplo, la elaboración del presupuesto comunal, el manejo del personal de la Comuna, y la realización de obras nuevas, el mantenimiento de espacios urbanos y espacios verdes y espacios públicos, entre otros.

Específicamente, el decreto disponía la creación de las figuras de Gerente Operativo de Gestión Administrativa y Gerente Operativo de Gestión Comunal, al cual se habían sumado los cargos de Subgerente Operativo de Participación Vecinal y Atención Vecinal y Subgerente Operativo de Control Comunal y de Obras.

Cabe destacar, que en julio de 2014 la Legislatura porteña había aprobado un pedido de informes al respecto y un repudio al Decreto, impulsados por la actual presidenta del Bloque Peronista, María Rosa Muiños, quien por entonces presidía la Comisión de Descentralización y Participación Ciudadana.

Por su parte, los comuneros de la gestión 2011-2015, Edith Oviedo, Alejandro Szer, María de los Ángeles Suárez, Raúl Sánchez, Carlos Benítez, María Laura Corvalán, Ondina Fraga, Ariel Angrisano, Carlos Nicolás Gullo, Felisa Marinaro, Mónica Menghini, Claudio Pandolfi, Facundo Roma, Hernán Miguez, Aixa Rocha, Leonardo Farías, Cynthia Salama, Carlos Eusebi, Delfina Velázquez, Pablo Ortiz Maldonado, Julieta Costa Díaz, Carlos Funes, Gonzalo Toyos Martínez, Camila Rodríguez, Carlos Grisafi, Ricardo Cuneo y vecinos iniciaron una acción de amparo con el patrocinio letrado del Dr. Alejandro Bietti, a la que luego se sumaron los de la gestión 2015-2019, Gabriel Sánchez, Laureano Bielsa, Gabriel Zicolillo, Mario Reina, Mabel Quiroga, Mariano Henares y Diego Sokolowicz.

La sentencia, que lleva la firma del Juez Ferrer, concluye que “la pretensión del Poder Ejecutivo de avanzar, a través del decreto 251/GCABA/2014, sobre la estructura organizativa establecida para las comunas por el Poder Legislativo en ejercicio de atribuciones propias y comprometiendo el ejercicio de atribuciones de las Comunas (en cuanto a través de sus propias Juntas Comunales eran las únicas habilitadas a establecer áreas de gestión adicionales), resulta manifiestamente ilegítima y merece ser tachada de inconstitucional”.

Además, determina que “idéntico reproche merece la pretensión del Poder Ejecutivo de reglar la organización de las Comunas respecto al modo en que ejercen competencias exclusivas (atribuyendo injerencia sobre ellas a las Gerencias). La organización propuesta, supone también una violación a la prohibición que pesa sobre el Poder Ejecutivo de “ejercer las funciones derivadas de las competencias exclusivas de las Comunas”.

Como consideración adicional, la misma sostiene que “al crear las Gerencias y Subgerencias antes, el Poder Ejecutivo frustró las condiciones de posibilidad de alcanzar el objetivo de rescatar las identidades y fisionomía de cada barrio para el que se crearon las Comunas”.

“Esta sentencia sienta un precedente para que el Poder Ejecutivo sepa que no puede pasar por encima de la Legislatura ni del trabajo y las competencias de los comuneros. Debemos defender la autonomía de las comunas. En ese sentido, es muy importante contar a partir de ahora con dos presidentes comunales del Frente de Todos y que se termine con la concepción de que quienes presiden las Juntas deben responder al Poder Ejecutivo”, concluyeron los comuneros del Frente de Todos.