Prohíben exhibir animales en las vidrieras de veterinarias y locales de venta de mascotas

La nueva norma fue aprobada casi por unanimidad, busca evitar la compra impulsiva de animales y también prevenir el maltrato al ser expuestos en vidrieras. Habrá multas para quienes incumplan.

La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó con 50 votos a favor y 2 abstenciones una ley que prohíbe la exhibición de animales en vidrieras, escaparates o lugares que cumplan esta función, además de exigir buenas condiciones de sanidad, alimentación e higiene. Los locales comerciales tendrán un año de plazo para adecuar sus prácticas e instalaciones a la nueva normativa.

«Queda prohibida la exhibición de animales en vidrieras, escaparates o lugares que cumplan esta función, ya fuere esta exhibición con fines de compra, venta u ofrecimiento a título gratuito, o de mera publicidad, en forma permanente o temporal y se encontraren estos sueltos, dentro de jaulas, caniles o cualquiera fuera la forma de contención. Los locales podrán exhibir sus animales en el interior, debiendo tomar los recaudos necesarios para que estos no fueren directamente visibles desde el exterior y en todos los casos asegurando buenas condiciones de sanidad, alimentación, higiene y ventilación», establece una de las modificaciones incorporadas al Código de Habilitaciones y Verificaciones.

La iniciativa es obra del diputado de Vamos Juntos Maximiliano Ferraro, «las vidrieras son uno de los medios más importantes con los que cuenta un comerciante para generar el deseo de compra en los productos exhibidos» argumenta en el proyecto y asegura que «la compra impulsiva o compulsiva [de los animales] se estimula mediante su exhibición como así también la compra compasiva con la intención de «sacarlo de la jaula» debido a que les apena ver un cachorro encerrado, deseoso de jugar y moverse, necesitado de afecto y cariño».

«Los animales exhibidos en vidrieras sufren de mayor estrés por estar expuestos a interactuar con personas que golpean los cristales, se mueven o les hablan». sostiene el Diputado en el texto.

En el proyecto se aclara que existe una tendencia legislativa mundial hacia la individualización y el reconocimiento de los derechos de los animales y se hace referencia a medidas implementadas en Cataluña, Madrid, California o Gran Bretaña.

A nivel nacional también rigen medidas como las Ordenanzas N° 19.108/17 de la Ciudad de Bahía Blanca, la N° 6588/16 de la Ciudad de Godoy Cruz y la N° 12587 que prohíbe en la Ciudad de Santa Fe, la exhibición de animales en espacios de carácter privado, público, o semipúblico, en vidrieras, escaparates o lugares que cumplan esta función.

Además, una modificación al Código de Faltas sostiene que «El/la que tenga un animal cuya tenencia esté prohibida, y no cuente con autorización de la autoridad competente o venda, tenga, guarde animales en infracción a las normas zoo-sanitarias o de seguridad o exhiba animales vivos destinados a la venta es sancionado/a con multa de trescientas (300) a mil (1000) unidades fijas y/o decomiso de las cosas y/o clausura del establecimiento«.  El valor actual de la Unidad Fija es de $21,40, por lo que en este caso significaría una pena económica que iría de $ 6.420 hasta 21.400.