Nuevo vencimiento para la Cédula Verde

La Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad Automotor redujo el periodo de vigencia de la Cedula Verde a un año, esta medida no rige para el titular registral del vehículo.

La versión digital de las cédulas (ex verde y azul) del auto o moto están disponibles en la App Mi Argentina.

La Cédula de Identificación de Automotores, conocida comúnmente como la “cédula verde” tendrán un nuevo vencimiento. Según dispuso la Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios (DNRPA), a partir del próximo desde lunes 5 de abril las cédulas pasarán a tener una vigencia de un año corrido en lugar de tres.

La medida no aplica en caso de que la cédula se encuentre en poder del titular o cotitular registral del automotor. También están exceptuados los automotores habilitados para el uso de taxi, remis, servicio de alquiler sin conductor, transporte de carga, transporte de pasajeros o registrados a nombre del Estado Nacional, Provincial o Municipal.

La vigencia de la cédula se modificó en mayo de 2019 cuando se la extendió a un plazo de 3 años, a poco menos de dos años retrotraen la medida y vuelven al periodo previo.

Desde el DNRPA consideran que el plazo de vigencia  de tres años para esta documentación “deviene excesivo a la luz de la seguridad jurídica y del ordenamiento del tránsito vehicular”.

“En consecuencia, resulta pertinente restablecer el plazo de vigencia de un año para las Cédulas de Identificación del Automotor, tal como rigió por más de diez años hasta la modificación. Todo ello, para robustecer la seguridad jurídica del Sistema Registral de Automotores, otorgando claridad y transparencia tanto a la información obrante en los legajos de los dominios, como a la documentación que se les entrega” agregaron desde el organismo.

En cuanto a las cédulas verdes” vencidas, dentro de los 90 días corridos anteriores al vencimiento, el titular registral podrá solicitar la expedición de una nueva cédula.

La renovación de la cédulas ya vencidas se puede tramitar a partir de los 90 días anteriores al vencimiento, se formulará mediante el uso de Solicitud Tipo 02 (formulario manual) o TP (formulario digital) y se entregará, en el acto de retirarse la nueva Cédula, la anterior en uso para su retención por parte del Registro.