Exenciones impositivas para gastronomía y construcción

Los bares y restaurantes porteños no pagarán impuesto a los ingresos brutos los próximos seis meses y se aprobaron incentivos fiscales para el comienzo de nuevas obras e edificación.

Foto: DGPrensa

Los diputados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires debatieron y sancionaron este jueves dos leyes destinadas a reactivar la economía, mediante beneficios fiscales para las actividades productivas de gastronomía y construcción, dos de los sectores afectados por la emergencia sanitaria.

Para la gastronomía, el paliativo legislado es la eximición del pago de las alícuotas del impuesto sobre los ingresos brutos desde septiembre próximo hasta febrero 2021 (un semestre).

De acuerdo con el Nomenclador de Actividades (NAES), los servicios abarcados por esta exención son:

a) Servicios de restaurantes y cantinas sin espectáculo (Código N° 561011);

b) Servicios de restaurantes y cantinas con espectáculo (Código N° 561012);

c) Servicios de “fastfood” y locales de venta de comidas y bebidas al paso (Código N° 561013);

d) Servicio de expendio de bebidas en bares (Código N° 561014);

e) Servicio de expendio de comidas y bebidas en establecimientos con servicio de mesa y/o en mostrador n.c.p (Código N° 561019);

f) Servicio de expendio de helados (Código Nº 561030).

La norma aclara que “alcanza exclusivamente a los ingresos provenientes de las actividades mencionadas”, para el supuesto de que el contribuyente o responsable desarrollara más de una actividad declarada.

La AGIP podrá solicitar la información al contribuyente antes de hacer efectiva la exención. Además, los beneficiarios deberán igualmente presentar sus declaraciones juradas y demás deberes formales.

Al hacer de miembro informante, el diputado Claudio Romero (VJ), presidente de la Comisión de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria, resaltó la importancia del sector productivo alcanzado por el alivio fiscal, al indicar que consta de unos 10.000 locales de servicios comerciales y emplea a alrededor de 150.000 personas.

Ante varios proyectos, se votó un despacho de comisión de un texto que fue consensuado y apoyado por casi la totalidad de las bancadas, a excepción de los cuatro diputados de izquierda. Sobre 58 votos, se aprobó por 54 positivos contra 4 negativos.

Incentivos para comienzos de obras

Mediante modificaciones al Código Fiscal, se legisló un paquete de medidas impositivas destinadas a impulsar el desarrollo de nuevas obras de construcción. Se trata de descuentos en alícuotas, diferimientos de pagos y otras bonificaciones o beneficios, que varían de acuerdo con la amplitud de la edificación planificada.

La iniciativa fue de los diputados Agustín Forchieri, Roy Cortina, Diego García de García Vilas, Victoria Roldán Méndez y Romero (del interbloque oficialista) a lo que se sumó un proyecto de Manuel Socías (FdT). Con despacho de la Comisión de Presupuesto, obtuvo en el recinto 55 votos afirmativos y solo 4 negativos de la izquierda.

El despacho que se trató indicaba en sus considerandos que, de acuerdo a lo informado por el INDEC, en el mes junio de 2020 el indicador sintético de la actividad de la construcción (ISAC) mostró una caída de 14,8% respecto a igual mes de 2019, mientras que el acumulado de los primeros seis meses de 2020 del índice serie original presenta una disminución de 37,8% respecto a igual período de 2019. Los puestos de trabajo registrados en el acumulado enero-mayo 2020 cayeron 21,2% con respecto al mismo período del año anterior.

Los incentivos fiscales se refieren a Derechos de Delineación y Construcción, Derecho para el Desarrollo Urbano y el Hábitat Sustentable y el Impuesto a la Generación de Residuos Áridos y afines no reutilizables y regirán entre el 1 de septiembre de 2020 y el 31 de agosto de 2021.